Conocé en detalle el proyecto de reforma del Código Procesal Penal.

El proyecto de reforma del código procesal penal impulsado por el Ejecutivo ingresó este miércoles al Senado de la Nación. Aquí los cambios centrales que impulsa el oficialismo.

1. Sistema acusatorio

Nota Relacionada: #NuevoCPP: entró por Senado el proyecto de reforma al Código
El proyecto de nuevo Código Procesal Penal propone un sistema acusatorio. En el actual "Código Levene", sancionado en 1991, rige un sistema mixto entre inquisitorio y acusatorio, en el cual el proceso es dirigido por el juez y, si quiere, puede delegar en el fiscal la investigación o hacerla enteramente él. Con el nuevo Código, que instalaría el sistema acusatorio, toda la investigación queda delegada en el fiscal. El juez, por su parte, es quien decide las resoluciones judiciales: juzga, absuelve o condena, pero la investigación será conducida, dirigida y estará a cargo del fiscal. Por último, los defensores adquieren mayores facultades para intervenir en el proceso, generando investigaciones propias y establececiendo mecanismos de organización útiles para el servicio de defensa pública oficial.

2. Fin de la justicia sumaria

El proyecto incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y "desformalización" de las decisiones. Ningún proceso podrá durar más de tres años y agilizará la revisión de las decisiones. Esta nueva lógica no se agota en la investigación y el juicio, sino que se traslada a toda la etapa de recursos y a la de ejecución de la pena, que hoy en día se encuentra muy saturada y sin capacidad de control de resultados. Todas las decisiones serán orales, en audiencia pública y con sentencia en el mismo momento. La oralidad da contemporaneidad a las decisiones, publicidad y participación, por parte de la víctima que hoy no tiene, así como un control social.

3. Agilización del proceso
El nuevo Código fija tiempos más cortos para que la causa sea enviada a juicio oral. La instrucción en las causas que hoy lleva entre 3 ó 4 años, se realizará como máximo en tan sólo 1 año y el juicio oral debe realizarse entre 5 y 30 días una vez terminada la investigación o instrucción. La causa, de todas formas, no prescribe.

Además, las apelaciones a las sentencias se deberán resolver también en 5 días, desde el momento en que se interponen. Según se prevé, con el nuevo Código el 90% de los casos estará resuelto en no más de 10 meses. Otro punto que llevará a agilizar el proceso es la regulación de la conciliación y mediación entre víctima y victimario, evitando así que mucho casos menores lleguen a juicio oral.

Por último se prevén sanciones para los jueces o fiscales que no cumplan con los plazos. si los fiscales, en su carácter de investigadores, o los jueces, en su carácter de juzgadores, no cumplen con los plazos perentorios para juzgar o para investigar van a ser sancionados con sanciones graves. Y, tres sanciones graves, de acuerdo con la legislación vigente, son causal de jury para un juez, y se estima que cuando se unifique la ley de Ministerio Público Fiscal, también lo será para un fiscal.

Fuente: Minuto 1

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