La ley de huelga establecerá cuatro actividades como servicios esenciales.
Estas son los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas, los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo.
En la sesión del martes la Cámara de Diputados dio media sanción a la modificación de la ley 6821, que regula aspectos relacionados con el derecho a huelga de los empleados públicos y que establecerá a partir de ahora, sólo cuatro actividades como servicios esenciales sujetas a condiciones especiales al momento de hacer una medida de fuerza.
Estas son los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas, los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo.
En todos los casos en que trabajadores que realicen estas tareas ejerciten el derecho de huelga, los gremios deberán garantizar una prestación mínima de los servicios, para evitar poner en peligro la vida, la seguridad o la salud en todo o parte de la población.
Además se hizo un agregado que en caso de que una actividad no esté comprendida en ese listado, podrá ser obligada a prestar servicios mínimos si por la duración y extensión de la huelga, se pone en peligro la vida, la seguridad o la salud de la población; o cuando la Organización Internacional del Trabajo, establezca nuevos servicios de características esenciales.
Esto los dispondrá una Comisión compuesta por un representante del Ministerio de Trabajo de la Provincia, un representante de cada uno de los gremios involucrados en la medida, dos representantes de la Cámara de Diputados de la Provincia elegidos por sus pares, de los cuales uno será por el oficialismo y otro por la oposición, al igual que en el caso del Senado.
Los diputados para dar la media sanción votaron el dictamen de Legislación General de la mayoría, que propuso dichas reforma, en tanto el Partido Obrero solicitaba directamente su derogación.
Por su parte, hubo un tercer dictamen firmado en soledad por Guillermo Martinelli, que difería con el de mayoría en la forma en que debía estar constituida la comisión especial.
Un punto que fue aclarado por Martinelli, que además es abogado especializado en asuntos laborales, es que no existe la huelga pagada, y que el cobro de esos días no trabajados se lo considera una conquista de la lucha obrera en una negociación con la patronal. De esta manera dejó en claro que eso no era una particularidad de la ley 6821, sino que era algo determinado por normativas internacionales superiores.
Fuente: Nuevo Diario de Salta
En la sesión del martes la Cámara de Diputados dio media sanción a la modificación de la ley 6821, que regula aspectos relacionados con el derecho a huelga de los empleados públicos y que establecerá a partir de ahora, sólo cuatro actividades como servicios esenciales sujetas a condiciones especiales al momento de hacer una medida de fuerza.
Estas son los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas, los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo.
En todos los casos en que trabajadores que realicen estas tareas ejerciten el derecho de huelga, los gremios deberán garantizar una prestación mínima de los servicios, para evitar poner en peligro la vida, la seguridad o la salud en todo o parte de la población.
Además se hizo un agregado que en caso de que una actividad no esté comprendida en ese listado, podrá ser obligada a prestar servicios mínimos si por la duración y extensión de la huelga, se pone en peligro la vida, la seguridad o la salud de la población; o cuando la Organización Internacional del Trabajo, establezca nuevos servicios de características esenciales.
Esto los dispondrá una Comisión compuesta por un representante del Ministerio de Trabajo de la Provincia, un representante de cada uno de los gremios involucrados en la medida, dos representantes de la Cámara de Diputados de la Provincia elegidos por sus pares, de los cuales uno será por el oficialismo y otro por la oposición, al igual que en el caso del Senado.
Los diputados para dar la media sanción votaron el dictamen de Legislación General de la mayoría, que propuso dichas reforma, en tanto el Partido Obrero solicitaba directamente su derogación.
Por su parte, hubo un tercer dictamen firmado en soledad por Guillermo Martinelli, que difería con el de mayoría en la forma en que debía estar constituida la comisión especial.
Un punto que fue aclarado por Martinelli, que además es abogado especializado en asuntos laborales, es que no existe la huelga pagada, y que el cobro de esos días no trabajados se lo considera una conquista de la lucha obrera en una negociación con la patronal. De esta manera dejó en claro que eso no era una particularidad de la ley 6821, sino que era algo determinado por normativas internacionales superiores.
Fuente: Nuevo Diario de Salta