El grooming o “ciberhostigamiento” finalmente será delito.

Por votación unánime, y luego de idas y vueltas entre ambas cámaras del Congreso, el Senado convirtió en ley el proyecto que penaliza el llamado “grooming” o “ciberhostigamiento”. La cámara alta rechazó las modificaciones que habían introducido los diputados “porque desfigura por completo lo que se quiere condenar: que es el aprovechamiento de la tecnología y de Internet para atentar contra la integridad sexual de los menores de edad”, explicó la senadora salteña Sonia Escudero.




El texto incorpora al Código Penal el artículo 131 que castiga el contactar un menor de edad “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, con el propósito de cometer un delito sexual”.



Escudero aclaró que “la ley establece una pena de prisión de entre seis meses y cuatro años, mientras que la Cámara de Diputados había rebajado el castigo a un mínimo de dos meses y un máximo de dos años”.



La legisladora salteña explicó, asimismo, que la propuesta de la Cámara baja convertía al “grooming” en un delito de acción privada, por lo cual “si no había una denuncia de parte del damnificado o de sus tutores, los fiscales y los jueces no podían avanzar en la investigación. Nos parece que por estar en juego la integridad de los menores de edad, el Estado tiene que actuar con todo el peso de la ley y por eso quisimos que fuera un delito de acción pública”.



“En síntesis, este proyecto busca evitar que pederastas, ayudados por el anonimato que ofrecen las redes sociales, aprovechen para preparar el terreno para abusar sexualmente de un menor de edad. Lo que queremos prevenir son delitos aberrantes cometidos contra personas vulnerables, que pasan horas frente a una PC, y que pueden ser presa fácil para los delincuentes”, concluyó Escudero.

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